Tener un canal de denuncias no basta: la Ley 2/2023 exige designar un Responsable del Sistema Interno de Información. Es la pieza que más dudas genera y la que más pesa ante una inspección.
Qué dice la ley
- Lo designa el órgano de administración o de gobierno de la entidad, que también decide su cese.
- Puede ser una persona física o un órgano colegiado (en ese caso se delega en uno de sus miembros la gestión de las investigaciones).
- Debe actuar con independencia y autonomía respecto del resto de órganos, sin recibir instrucciones y con los medios necesarios.
- Si la entidad tiene una persona responsable de la función de cumplimiento normativo, puede asumir este papel.
- Su nombramiento y cese se comunican a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (o a la autoridad autonómica competente).
Quién conviene que sea
En una empresa mediana, lo habitual es una persona de dirección con perfil jurídico, de recursos humanos o de cumplimiento, que no esté directamente implicada en las áreas más expuestas a denuncias. Evita nombrar a quien dependa jerárquicamente de las personas que pueden ser denunciadas o a quien tenga un interés económico en el resultado.
Funciones principales
- Recibir las comunicaciones y acusar recibo en 7 días naturales.
- Valorar su admisión y dirigir la investigación.
- Garantizar la confidencialidad y la protección frente a represalias.
- Mantener el libro-registro y comunicar a la dirección los resultados.
¿Y si no puedo asumirlo internamente?
Puedes externalizar la recepción de las comunicaciones y la asistencia en la instrucción, aunque la designación del Responsable sigue siendo tuya. En nuestro servicio de canal de denuncias te ayudamos a elegir, formalizar el nombramiento y formar a quien lo asuma.
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Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico para un caso concreto.